A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Ortiz Hernandez Antonio·Respondent Hernandez Guisao John Jairo Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acciones posesorias que eventualmente puedan vincular entidades públicas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 038 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo Municipal de Peque (Antioquia), originado por un proceso declarativo posesorio por despojo iniciado por un ciudadano, contra otro ciudadano y el Juzgado Promiscuo Municipal de Peque (Antioquia), en el que alega ser poseedor de un bien inmueble con ánimo de señor y dueño pero ha sido perturbado y despojado de dicha posesión, por lo que solicita se condene a los demandados a restituirle el inmueble y pagar multas e indemnizaciones referidas en escrito de demanda.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que, el régimen de la acción posesoria se encuentra contenido integralmente en el ámbito del derecho privado, concretamente en la legislación civil.
Mientras que, por el contrario, en la legislación administrativa no existe una referencia a tal acción que permita identificar una regulación en esta materia, ni desde el punto de vista sustancial ni desde el punto de vista procesal por lo que no es predicable alterar la competencia del juez civil, aun cuando se demanda conjuntamente a una autoridad de derecho público y una persona natural, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 27 del CGP.
Se asigna entonces la competencia a la jurisdicción ordinaria civil, en reiteración del Auto 1541/23, de conformidad con los artículos 972 del Código Civil; 18.2 y 377 del Código General del Proceso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 038 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo Municipal de Peque (Antioquia), en el sentido de DECLARAR que la Jurisdicción Ordinaria Civil es competente para conocer del proceso promovido por Antonio Ortiz Hernández contra Jhon Jairo Hernández Guisao y el Juzgado Promiscuo Municipal de Peque (Antioquia).
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6982 al Juzgado Promiscuo Municipal de Peque (Antioquia) para que, en ejercicio de sus competencias y siguiendo el procedimiento establecido en los artículos 140 y siguientes del Código General del Proceso, tramite debidamente el impedimento que puso de presente en el Auto interlocutorio n.°190 y se continúe con el trámite en la Jurisdicción Ordinaria Civil. Asimismo, el juez deberá comunicar la presente decisión a las partes, interesados y al Juzgado 038 Administrativo del Circuito de Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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